Citación al Profesor ALFREDO ALEJANDRO CORREDOR OLAIZOLA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD DE LOS ANDES
FACULTAD DE INGENIERÍA
COMISIÓN SUBSTANCIADORA
MÉRIDA, 25 DE ENERO DE 2024
AVERIGUACIÓN DISCIPLINARIA N° 03012024

Ciudadano:

ALFREDO ALEJANDRO CORREDOR OLAIZOLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-19.593.739, en su condición de Instructor en el Departamento de Geomecánica, de la Escuela de Ingeniería Geológica, de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Los Andes, con dirección de habitación en: Sector La Vuelta de Lola, Calle Tránsito, Edificio La Vuelta, Apartamento 1-5. Correo electrónico:  alfco89@gmail.com

En cumplimiento con el artículo 198 del Estatuto del Docente y Profesores de Investigación (EPDI), cumplimos en notificarle que deberá comparecer por ante esta Comisión Substanciadora, designada según la Resolución N° CF-535/2023de fecha Mérida, 13 de diciembre de 2023, que funcionará a tal efecto en el Laboratorio de Conversión de Energía, antigua Facultad de Ingeniería, Av. Don Tulio Febres Cordero, de la ciudad de Mérida, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, Zona Postal 5101, el día MIÉRCOLES 07 DE FEBRERO DE 2024, A LAS 08:30 A.M., a los fines de imponerle de la investigación a la cual ha sido sometido por estar presuntamente incurso en el incumplimiento de los numerales 6, 7 y 8 del artículo 110 de la Ley de Universidades y de los numerales 1 y 2 literal b, del artículo 58 del Estatuto del Docente y de Investigación (EPDI), de acuerdo a de acuerdo a la comunicación 23/160, de fecha 06 de diciembre de 2023, presentada por el Decano (E) de la Facultad de Ingeniería, el Dr. Carlos A. Muñoz B; para que rinda su declaración en torno a los hechos que se averiguan y formule los alegatos que crea convenientes en su defensa, a los fines de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa, garantías de rango constitucional que deben ser observadas en todo grado y fase del proceso.

Vista el Acta levantada por el Profesor JORGE LUIS CALDERÓN SALCEDO, en la cual se aprecia la imposibilidad de ubicar al ciudadano supra identificado, en las instalaciones del Departamento de Geomecánica de la Escuela de Ingeniería Geológica, Facultad de Ingeniería, así como en su domicilio ubicado en el Sector La Vuelta de Lola, Calle Tránsito, Edificio La Vuelta, Apartamento 1-5, del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, esta Comisión Substanciadora Acuerda: En base al contenido del artículo 2, numeral 7 del Decreto 6.649, del 24 de marzo de 2009, publicado en la Gaceta Oficial N° 39.146 del 25 de marzo de 2009, que prohíbe en forma expresa la publicación de Carteles en diarios, en un todo de acuerdo con el artículo 4, 6 y 8 de la Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, se procederá a su remisión vía correo electrónico a la siguiente dirección: alfco89@gmail.com, a su publicación en la página web de la Facultad de Ingeniería: http://www.Ingenieria.ula.ve  y a su publicación en las carteleras del Decanato de la Facultad de Ingeniería y cartelera del Departamento de Geomecánica, Escuela de Ingeniería Geológica de la Universidad de Los Andes,donde presta sus servicios universitarios, teniéndose por notificada del presente expediente de conformidad con lo previsto en la parte in fine del artículo 199 del Estatuto del Personal Docente y de Investigación, a los fines de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Notificación de Citación que hacemos para su conocimiento y fines legales consiguientes.

Cúmplase:

Por la comisión acreditada, firman:

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Prof. Jorge Luis Calderón Salcedo
V- 12.350.638
Coordinador

Prof. Carlos Gilberto Villamar L.
V- 21.185.160 

Prof. Orlando Tadeo Villavicencio
V- 9.477.353

Citación por Correo electrónico y Carteleras de la Dependencia
Averiguación N° 03012024