Dr. Carlos Muñoz
Decano
OBJETIVOS
Como Autoridad Ejecutiva de la Facultad de Ingeniería debe:
- Coordinar en forma general las actividades docentes y el proceso de formación intelectual y profesional de los estudiantes.
- Coordinar los programas de investigación y crear un clima óptimo para el desarrollo de la investigación. Promover, planificar, coordinar y evaluar las políticas de extensión de la Facultad, con el propósito de hacer de la misma, un actor protagónico cooperante en el desarrollo del país.
- Ejercer, junto con la Asamblea de la Facultad y el Consejo de la Facultad, el gobierno de la Facultad de Ingeniería.
ATRIBUCIONES
De acuerdo al artículo 67 – Ley de Universidades, año 1970, son:
- Coordinar y vigilar, de acuerdo con el Consejo de Facultad, las labores de enseñanza, de investigación y las otras actividades académicas de la Facultad.
- Presidir la Asamblea y el Consejo de la Facultad.
- Representar a la Facultad en el Consejo Universitario.
- Convocar a la Asamblea y al Consejo de la Facultad en las ocasiones previstas en la Ley de Universidades.
- Mantener el orden y la disciplina en la Facultad tomando las medidas pertinentes, previa consulta al Consejo de la Facultad, y de acuerdo a la Ley de Universidades y su Reglamento.
- En casos de emergencia podrá adoptar las medidas que juzgue convenientes, sometiéndolas posteriormente a la consideración del Consejo de la Facultad.
OBJETIVOS – ATRIBUCIONES
- Preparar el Proyecto de Presupuesto Anual de la Facultad y presentarlo al Consejo de la misma. Una vez aprobado por éste, presentarlo al Rector, quien lo utilizará en la preparación del Proyecto de Presupuesto de Rentas y Gastos de la Universidad que deberá someter a la consideración del Consejo Universitario.
- Someter a la consideración del Consejo Universitario los acuerdos y medidas adoptadas por el Consejo o la Asamblea de la Facultad.
- Proponer al Rector el nombramiento o remoción de los empleados administrativos de la Facultad.
- Proponer al Consejo Universitario el nombramiento o remoción de los Directores de las Escuelas, previo acuerdo del Consejo de la Facultad.
- Nombrar los Profesores Consejeros de la Facultad.
- Dar cuenta quincenalmente al Rector de los asuntos de la Facultad.
- Someter a la consideración de la Asamblea de la Facultad un informe anual del estado y funcionamiento de la misma.
- Completar las listas de Jurados Examinadores cuando, por impedimentos legales, se hubiere agotado la nómina designada por el Consejo de la Facultad.
- Las demás que señalen la Ley de Universidades y los Reglamentos.