Autor: ingprincipal

Citación al Profesor FRANCISCO JAVIER PINTO VEGA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD DE LOS ANDES
FACULTAD DE INGENIERIA
COMISIÓN SUBSTANCIADORA
MÉRIDA, 23 DE ENERO DE 2024
AVERIGUACIÓN DISCIPLINARIA N° 02012024

Ciudadano:

FRANCISCO JAVIER PINTO VEGA. venezolano, mayor de edad. titular de la cédula de identidad N°V-18.964.152, en su condición de Profesor Asistente en el Departamento de Vias. de la Escuela de Ingenieria Civil. Facultad de Ingenieria de la Universidad de Los Andes. con dirección de habitación en Av. 16 de Septiembre. Urbanización Juan XXI. Piso 4. Departamento 23. del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida. Venezuela. con dirección laboral de la Facultad de Medicina, Laboratorio de Mecánica de
Suelos. Edificio B. sótano, Jurisdicción del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida. correo electrónico: franciscopinto29@gmail.com

En cumplimiento con el articulo 198 del Estatuto del Docente y Profesores de Investigación (EPDI). cumplimos en notificarle que deberá comparecer por ante esta Comisión Substanciadora, designada según la Resolución N°CF-536/2023 de fecha Mérida. 13 de diciembre de 2023, que funcionará a tal efecto en el Laboratorio de Geologia Estructural y Geotecnia, antigua Facultad de Ingeniería. Av. Don Tulio Febres Cordero. en la ciudad de Mérida, Jurisdicción del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida. Zona Postal 5101, el dia LUNES 05 DE FEBRERO DE 2024,
A LAS 11:00 A.M., a los fines de imponerle de la investigación a la cual ha sido sometido por estar presuntamente incurso del articulo 7 en sus numerales 1,8 y 9 del Estatuto del Personal Docente de Investigación de la Universidad de Los Andes y del articulo 110. numerales 6, 7 y 8 de la Ley de Universidades, de acuerdo a la comunicación DV_030/2023. de fecha 13 de noviembre de 2023, presentada por el Jefe del Departamento de vias de la Escuela de Ingenieria CivIl, el Protesor JoseA. Ron Rondon: para que rinda su declaracion en torno a los hechos que se averiguan y formule los alegatos que crea convenientes en su defensa, a los mines de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa, garantias de rango constitucional que deben ser observadas en todo grado y fase del proceso.

Vista el Acta levantada por el Profesor ORLANDO TADEO VILLAVICENCIO. en la cual s e aprecia la imposibilidad d e ubicar al ciudadano supra identiticado. e n las instalaciones d e la Facultad d e Medicina. Laboratorio de Mecánica d e Suelos Edificio B. sótano. asi como en su residencia ubicada en la Av. 16 de Septiembre. Urbanización Juan 23. Piso 4. Departamento 23, del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida. esta Comisión Substanciadora Acuerda: En base al contenido del articulo 2. numeral 7 del
Decreto 6.649. del 24 de marzo de 2009. publicado en la Gaceta Oficial N° 39.146 del 25 de marzo ed 209, que prohibe en forma expresa la publicación de Carteles en diarios. en un todo de acuerdo con el articulo 4. 6 y 8 de la Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas. se procederá a su remisión vía correo electrónico a la siquiente dirección franciscopinto29@amail.com. a su publicación en la página web de la Facultad de Ingeniería: http://www.Ingenieria.ula.ve y a su publicación en las carteleras del Decanato ed laFacultad ed Ingenieria y cartelera del
Departamento de Vias. Escuela de Ingenieria Civil de la Universidad de Los Andes donde presta sus servicios universitarios, teniendose por notificado del presente expediente de conformidad con lo previsto en la parte ni fine del articulo 199 del Estatuto del Personal Docente y de Investigación, a los fines de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa, en cumplimiento a lo establecido en el articulo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Notificación de Citación que hacemos para su conocimiento y fines legales consiguientes

Cúmplase:

Por la comisión acreditada, firman

Prof. Francisco Ignacio Bongiorno N°V-10.103.626
Coordinador

Prof. Rubén Darío Chacón Morón V-8.580.928
Secretario

Prof. Jorge Luis Calderón Salcedo V-12.350.638
Mensajero

Citación a la Profesora YRENE DEL ROSARIO SANTIAGO PAREDES

Ciudadana:

YRENE DEL ROSARIO SANTIAGO PAREDES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 17.266.304. en su condición de Profesora Asistente en el Departamento de Vias. de la Escuela de Ingenieria Civil. Facultad de Ingenieria de la Universidad de Los Andes. con dirección de habitación en la Residencia La Arboleda. Edfiicoi F . apartamento PB-02. La Vuelta de Lola, del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida Venezuela, con dirección laboral de la Facultad de Medicina. Laboratorio de Mecánica de Suelos. Edificio B. sótano. Jurisdicción del Municipio Libertador del Estado B o l i v a r i a n o de Mérida, correo electronico yrenesantiago@gmail.com

En cumplimiento con el articulo 198 del Estatuto del Docente y Profesores de Investigación (EPDI). cumplimos en notificarle que deberá comparecer por ante esta Comisión Substanciadora. designada según la Resolución N° CF-53712023 de fecha Mérida. 13 de diciembre de 2023, que funcionará a tal efecto en el Laboratorio de Geologia Estructural y Geotecnia, antigua Facultad de Ingenieria. Av. Don Tulio Febres Cordero. en la ciudad de Mérida, Jurisdicción del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida. Zona Postal 5101, el día LUNES 05 DE FEBRERO DE 2024, A
LAS 09:00 A.M. a los fines de imponerle de la investigación a la cual ha sido sometida por estar presuntamente incursa del articulo 77 en sus numerales 1,8 y 9 del Estatuto del Personal Docente de Investigación de la Universidad de Los Andes y del articulo 110. numerales 6. 7 y 8 de la Ley de Universidades, de acuerdo al oficio de acuerdo a la comunicación DV030/2023, de fecha 13 de noviembre de 2023, presentada por el Jefe del Departamento de Vías de la Escuela de Ingeniería Civil, el Profesor José A.
Ron Rondón para que rinda su declaración en torno a los hechos que se averiguan y formule los alegatos que crea convenientes en su defensa, a los fines de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa, garantias de rango constitucional que deben ser observadas en todo grado y fase del proceso.

Vista el Acta levantada por el Profesor RUBEN DARIO CHACON MORÓN, en la cual se aprecia la imposibilidad de ubicar a la ciudadana supra identificada, en las instalaciones de la Facultad de Medicina, Laboratorio de Mecánica de Suelos Edificio B. sótano. asi como en su residencia ubicada en la Residencia La Arboleda, Edificio F. apartamento PB- 02 La Vuelta de Lola, del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, esta Comisión Substanciadora Acuerda: En base al contenido del artículo 2. numeral 7 del
Decreto 6.649, del 24 de marzo de 2009, publicado en la Gaceta Oficial N° 39.146 del 25 de marzo de 2009. que prohibe en forma expresa la publicación de Carteles en diarios. en un todo de acuerdo con el articulo ,4 6 y 8 de la Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas. se procederá a su remisión vía correo electrónico a la siguiente dirección:
yrenesantiago@gmail.com. a su publicación en la página web de la Facultad de Ingenieria:http://www.Ingenieria.ula.ve y a su publicación en las carteleras del Decanato de la Facultad de Ingenieria y cartelera del Departamento de Vias. Escuela de Ingeniería Civil de la Universidad de Los Andes, donde presta sus servicios universitarios, teniéndose por notificada del presente expediente de conformidad con lo previsto en la
parte in fine del articulo 199 del Estatuto del Personal Docente y de Investigación. a los Tines de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa. en cumplimiento a lo establecido en el articulo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Notificación de Citación que hacemos para su conocimiento y fines legales consiguientes

Cúmplase:

Por la comisión acreditada, firman:

Prof. Frandisco Ignacio Bongiorno V-10.103.626
Coordinador

Prof. Rubén Darío Chacón Morón V-8.580.928

Prof. Jorge Luis Calderón Salcedo V-12.350.638

Acuerdo de Duelo

LA FACULTAD DE INGENIERÍA DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES

CONSIDERANDO

Que el día miércoles 05 de julio del 2023, descansó en la en la paz del Creador el Doctor GILBERT ARTHUR DE MAYELA PÁEZ MONZÓN (Q.E.P.D.).

CONSIDERANDO

Que el Doctor GILBERT ARTHUR DE MAYELA PÁEZ MONZÓN, era hermano del Profesor GERARD PÁEZ MONZÓN, miembro del personal Docente y Jefe del Departamento de Computación de la Escuela de Ingeniería de Sistemas de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Los Andes.

CONSIDERANDO

Que el Doctor GILBERT ARTHUR DE MAYELA PAEZ MONZÓN, quien en vida fue el fundador de la Escuela de Fútbol y Proyecto de la Disciplina Futbolística del Municipio Andrés Bello del Estado Mérida.

CONSIDERANDO

Que el fallecimiento del Doctor GILBERT ARTHUR DE MAYELA PAÉZ MONZÓN, enluta honorables hogares de Mérida, en especial el de la Familia PAÉZ MONZON.

ACUERDA

  • Asociarse al duelo que aflige a la familia PAÉZ MONZON.
  • Hacer llegar al Prof. GERARD PÁEZ MONZÓN y a su familia nuestras más sentidas palabras de condolencia por tan irreparable pérdida.
  • Hacer entrega del presente acuerdo a la Familia PAÉZ MONZON.
  • Hacer público el presente acuerdo.

Mérida, 05 de julio de 2023.

Dr. Carlos Amable Muñoz Bravo
Decano (E)