Noticias ORE

Martes 02 de Agosto de 2011 07:57am (Corregido 13/Sep/2011)

LÉALO CUIDADOSAMENTE

Los errores en las inscripciones imputables a los Estudiantes correrán por su cuenta y riesgo; en consecuencia, la Oficina de Registros Estudiantiles, no se hace responsable de los mismos.

LA INSCRIPCIÓN ES PERSONAL Y BAJO NINGÚN CONCEPTO SE PERMITIRÁN LAS AUTORIZACIONES.

PAUTAS A SEGUIR:

a) Diríjase a cualquier Computador con conexión a Internet, acceda a la dirección http://www.ula.ve/ore_cjp ingrese en el módulo de inscripción y siga los pasos que allí se indican.

b) Usted ha seleccionado el Horario y el profesor por tal motivo una vez realizada la inscripción no se tramitara ningún cambio de sección o materia.

c) Los Estudiantes deben realizar el retiro de la clave solo si la ha extraviado en la Taquilla de ORE de su respectiva escuela de la Facultad Ciencias Jurídicas y Políticas desde el 12 al 16 de Septiembre de 2011, de no hacerlo deberán hacerlo antes de las inscripciones.

d) Los Grupos clasificatorios son cerrados, es decir usted dispone de un determinado tiempo para realizar su inscripción, después ese tiempo no podrá modificar su inscripción, si usted no realizó su inscripción en el tiempo establecido deberá hacerlo el día 30 de Septiembre de 2011. UNA VEZ FINALIZADO EL PROCESO DE INSCRIPCIÓN LOS CUPOS QUE QUEDEN DISPONIBLES Y LAS INCRIPCIONES HECHAS SERAN BLOQUEADAS PARA NO REALIZAR NINGÚN CAMBIO, SÓLO PODRÁ INSCRIBIR LAS MATERIAS FALTANTES. (El lapso de inscripciones es desde 19 al 24 de Septiembre de 2011)

e) El inicio de clases está pautado para:

  1. Inicio del Periodo Anual 03 de Octubre de 2011.
  2. Inicio del Primer Semestre 03 de Octubre de 2011.
  3. Inicio del Segundo Semestre 05 de Marzo de 2012.

  f) MEDIDAS DEL R.R. Suspensión de la aplicación según resolución del Consejo Universitario CU-0762/10 de fecha 26 de Abril de 2010. Hasta nuevo aviso

g) El lapso para retirar las asignaturas es a partir del inicio de clase, previsto para el 03 de Octubre de 2011 hasta cumplir con el 65%.de las semanas efectivas de clase según circular Nº (CU-1393) de fecha 02 de junio de 2008 del Consejo Universitario:
  1. Retiro de materias anuales hasta el 06 de Abril de 2012
  2. Retiro de materias del primer semestre hasta el 16 de Diciembre 2011
  3. Retiro de materias del segundo semestre hasta el 04 de Mayo de 2012

h) El Alumno que retire todas las asignaturas para el presente año lectivo y desee posteriormente continuar sus estudios en la Facultad, deberá solicitar su reincorporación, en el lapso establecido por ORE. – OCRE.

i) De conformidad con lo establecido en el Reglamento de Reincorporaciones de la Universidad de Los Andes, el estudiante que no solicite su reincorporación en el lapso de 24 meses (2 años) continuos, pierde su cupo en la Universidad de Los Andes, salvo las excepciones previstas en el Reglamento. Que se refiere a las reincorporaciones por causas no imputables.
j) Los alumnos de Nuevo Ingreso que retiren todas las asignaturas PIERDEN su cupo en la Universidad de Los Andes, salvo las excepciones previstas en el Reglamento. En caso de retirar todas las materias, deberá solicitar hasta un mes antes de la culminación del año electivo ante el Consejo de Facultad, un diferimiento de Inicio de Clases.
k) CARRERAS PARALELAS (Según Oficio CU-2530/3)

ARTÍCULO 8º. Inscrita formalmente la nueva carrera, el estudiante estará obligado a:

  1. Cursar paralelamente las dos (2) carreras. La Oficina de Registros Estudiantiles (ORE) de cada Facultad o Núcleo, deberá realizar un seguimiento periódico de los estudiantes que están en esta modalidad, por cuanto son los que tienen acceso al rendimiento del alumno.
  2. Entregar en la Oficina de Registros Estudiantiles de la carrera otorgada en paralelo, semestral o anualmente según el régimen, la constancia de notas obtenidas de la carrera de origen.
  3. Cursar como mínimo cincuenta por ciento (50%) de las asignaturas exigidas en cada período lectivo del plan de estudio de cada una de las carreras.
  4. Aprobar como mínimo el 75% de las materias inscritas en cada carrera.
  5. Por ninguna circunstancia puede abandonar la carrera de origen.

PÁRAGRAFO ÚNICO: El incumplimiento de alguno de los ordinales anteriores dará lugar al retiro de la segunda carrera, que será efectuado de forma inmediata por la ORE correspondiente debiendo notificar de inmediato a OCRE.

Articulo 8º Modificación (Según Oficio CU-1393/2) de fecha 23/11/2009.

Debe cursar simultáneamente ambas carreras:

Parágrafo Primero: El incumplimiento de alguno de los ordinales anteriores en una de las carreras paralelas, dará lugar al retiro de la carrera en la cual se produjo dicho incumplimiento, que será efectuado de forma inmediata por la ORE correspondiente debiendo notificar de inmediato a OCRE.

Parágrafo Segundo: En caso de que el incumplimiento ocurra en ambas carreras, dará lugar al retiro de aquella carrera en la cual el estudiante presenta menor rendimiento académico, que será efectuado por la ORE respectiva, en los mismos términos señalados en el parágrafo anterior.

Parágrafo Tercero: En el supuesto del parágrafo inmediato anterior, cuando el estudiante presente igual rendimiento académico en ambas carreras, corresponderá al estudiante optar en cual de ella decide seguir cursando, y la ORE respectiva procederá a realizar el retiro de forma inmediata en la carrera que no ha sido seleccionada por éste debiendo notificar inmediatamente a OCRE.

l) EXAMEN DE SUFICIENCIA: (Reglamento para las Pruebas de Suficiencia, aprobado 11 de Abril de 2005 por el Consejo Universitario). (Articulo 6) Aquellos estudiantes que deseen presentar dicho examen deben estar inscritos en el periodo lectivo vigente, y no haber reprobado la materia a presentar en periodos anteriores, (Articulo 8) La solicitud de inscripción para presentar dicho examen se realizará ante el Consejo de Escuela o su equivalente, y debe estar acompañada de: A) Constancias de notas actualizada, B) Recibo Original del pago del Arancel Correspondiente (Bs 5.000) (Articulo 11) La Oficina de Registros Estudiantiles asentara la nota siempre y cuando sean igual o superiores a la nota mínima fijada como aprobatoria por el Consejo de Escuela y aprobada por el consejo de Facultad (Articulo 12) El estudiante que haya solicitado una Prueba de Suficiencia y no la presente o la repruebe podrá presentarla sólo una vez más.

El examen se realizará al final del periodo anterior y la nota se asentará en dicho periodo. Los profesores no podrán aceptar inscripciones aisladas de alumnos por exámenes de suficiencia.

Para toda Escuela

A. El alumno deberá respetar el Régimen de Prelaciones, no se aceptará, bajo ningún concepto, inscribir una materia prelada si no ha aprobado su prelante. De manera que si Usted inscribiera una materia prelada se le retirará la inscripción en la misma, sin oportunidad de escoger otra a cambio. Únicamente podrá inscribir materias prelante o sin prelación, salvo los alumnos graduandos.

B. Se recuerda a los estudiantes que el Consejo de Facultad PROHIBIÓ TERMINATEMENTE los acuerdos e intercambios de alumnos y calificaciones entre los profesores. De tal manera que el incumplimiento de esta disposición acarreará la pérdida de la materia respectiva para el alumno y la averiguación disciplinaria para los profesores.

C. Se les recuerda a los alumnos de traslado que hasta tanto no registren el ingreso en OCRE no podrán seleccionar asignaturas. Posteriormente se les informará sobre la fecha de Selección de las Materias.

D. Los cupos de las sección fueron establecidos según la capacidad del aula por tanto no habrá aumento de cupo.

  E. El alumno que no termine su tesis en el presente año electivo deberá seguir inscribiéndola hasta que la presente y apruebe.

Escuela de Derecho

F. Los alumnos de la Escuela de Derecho que reprobaron una (1) asignatura del Ciclo Introductorio podrán cursar el primer año de la carrera y además cursar la asignatura pendiente por el sistema de arrastre y serán ubicados en una sección específica (10).

G. Si aprueba la asignatura pendiente en la fecha fijada continuaran en el primer año, de lo contrario será retirada la inscripción de las materias del primer año y deberán esperar el inicio del próximo ciclo introductorio para inscribir nuevamente la asignatura y hasta tanto no la apruebe no podrá ingresar al ciclo profesional (primer año).

  H. NUMERO DE ASIGNATURAS: La inscripción se regirá por el Reglamento de Inscripciones de la Universidad de Los Andes, el Reglamento General de la Facultad de Ciencias Jurídicas, Políticas, Normas para el avance de asignatura en la Escuela de Derecho Pensum Nuevo y el Plan de Estudio Vigente (PENSUM). El estudiante podrá inscribir un mínimo de tres (3) signaturas, un máximo de seis (6) o siete (7) según el Artículo 5 de las normas de avance (De haber aprobado la totalidad de las materias inscritas sin retirar ninguna en el periodo anterior).

Escuela de Ciencias Políticas

I. Los estudiantes de Ciencias Políticas Pueden inscribirse hasta un máximo de treinta y siete (37) unidades créditos (incluyendo las asignaturas que se dictarán en el segundo semestre, ya que la inscripción es única) y un mínimo de veintidós (22) créditos, del mismo modo todo aquel que tenga aprobado más 108 unidades Crédito deberán inscribir los Seminarios.

J. Por vía de excepción, está permitido cursar una materia más, independientemente de los créditos que la misma tenga, cuando el solicitante (Graduando o regular) tenga un promedio aritmético global mayor o igual a 16 puntos sin aproximaciones; siempre que sea solicitado ante la Dirección de Escuela por escrito y aprobado por la misma, una vez finalizado el proceso de inscripción vía Web. (NO EFECTUAR RECLAMO POR ESTE MOTIVO EN LA WEB, SERA NEGADO)

K. Los estudiantes del 5to. Año pueden inscribir hasta un máximo de cuarenta y cuatro (44) unidades créditos, con una planilla de solicitud que bajará de la pág. WEB para solicitar dicha inscripción que supera las unidades crédito, más los doce (12) créditos de la Monografía o Pasantía, La cual deberán inscribir por taquilla cuando tenga la fecha de presentación de Monografía o la autorización de la Coordinación de Pasantía para realizar la pasantía. (Siempre y cuando tenga todas las notas asentadas).

  L. Para inscribir los idiomas (Ingles o Francés) el estudiante deberá estar ubicado en 4to año

Escuela de Criminología

  M. Los estudiantes de Criminología Pueden inscribirse hasta un máximo de treinta y siete (37) unidades créditos (incluyendo las asignaturas que se dictarán en el segundo semestre, ya que la inscripción es única) y un mínimo de veintidós (22) créditos, excepción de los estudiantes de tercer año que podrán inscribir 42 Uc.

 

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