Reglamento General de la Direccion de Cultura y Extension de la Universidad de Los Andes

TÍTULO I
De la Dirección General de Cultura y Extensión Cultural
de la Universidad de Los Andes
CAPITULO I
Disposiciones Generales
ARTÍCULO 1.- Objeto. El presente Reglamento regula integralmente el fomento, planificación, coordinación, desarrollo y dirección de las políticas y actividades de cultura y extensión cultural de la Universidad de Los Andes, para contribuir de esta manera a la formación del alumnado y a la difusión de la cultura en el seno de la colectividad , el cual se prestará mediante la Dirección General de Cultura y Extensión Cultural.
ARTÍCULO 2.- Finalidad. La Dirección General de Cultura y Extensión de la Universidad de Los Andes es el órgano ejecutor de las políticas, en el ámbito universitario, orientadas a la difusión y extensión de los beneficios de la cultura para la formación integral de los estudiantes universitarios, la comunidad universitaria y la sociedad; tendrá como cometido la administración, promoción, organización, producción y difusión de las artes y la cultura como valor fundamental en la educación de los estudiantes y de la colectividad para así vincular estas actividades con la docencia e investigación y pertinencia social.
Parágrafo Primero: Se entenderán como áreas fundamentales de la cultura la literatura, la música, las artes visuales y del espacio, el cine y las artes audiovisuales, las artes escénicas y la extensión cultural y patrimonio artístico; cualesquiera que sea su género, forma de expresión, mérito o destino

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